Esta página fue modificada por última vez el 20-03-2022.
El objetivo de estas condiciones es doble: facilitar en un solo documento toda la información relacionada con las aplicaciones de garantía de nuestros productos, al tiempo que concienciar a todos los actores que participan en canal de distribución sobre los problemas que puede conllevar, para vendedores y/o consumidores, la venta y/o adquisición de productos a través de canales no oficiales.
Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
En virtud del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en materias de defensa de los consumidores, que contiene las modificaciones necesarias para llevar a cabo la correcta transposición de dos Directivas de la Unión Europea (Directiva (UE) 2019/770 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019 y Directiva (UE) 2019/771 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019) que afectan al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, se establecen ciertas obligaciones específicas para la defensa de los consumidores y usuarios que no afectan directamente a las relaciones comerciales entre el vendedor y sus proveedores. Entró en vigor el 1 de enero de 2022, según determina su disposición final octava.
De acuerdo al artículo 115 el vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato y por tanto, cumplir los requisitos subjetivos y objetivos establecidos que sea de aplicación siempre que, cuando corresponda, hayan sido instalados correctamente, respondiendo frente a él de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del producto y según los artículos 117 y 120, el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega o el suministro en el caso de bienes o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales.
En este sentido, el artículo 125 recoge que quien haya respondido frente al consumidor y usuario dispondrá del plazo de un año para repetir frente al responsable de la falta de conformidad. Sin perjuicio de que, cuando al consumidor y usuario le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los productos con el contrato, podrá reclamar directamente al productor con el fin de conseguir que el bien o el contenido del servicio digital sea puesto en conformidad.
Por lo tanto, frente al consumidor el responsable es el vendedor y esto no excluye el cumplimiento de las obligaciones contractuales que pudieran haber asumido vendedor y proveedor en el uso de la libertad contractual, pudiendo ser éste, precisamente, uno de los elementos a valorar en la selección de proveedores. La forma que debe tener el contrato queda por otra parte, establecida en el apartado Distribución de este condicionado.
En el caso de que el usuario tenga un accidente con la máquina las autoridades pueden solicitar responsabilidades al vendedor y si éste no pudiera acreditar que el producto suministrado cumple con la legislación vigente pueden considerarlo responsable del mismo y por lo tanto hacerse cargo de la multa o indemnización que se determine.
Incluso en el caso de que no se produzca ningún accidente, las autoridades pueden actuar de oficio y exigir la conformidad del producto tal y como exige el reglamento CE 765/2008. El fabricante del producto o de uno de los componentes del mismo podría no hacerse cargo de sus defectos cuando el producto haya sido vendido en un mercado para el que no fue diseñado.
Además, según el artículo 140 de la Ley que establece las causas de exoneración de la responsabilidad, "el productor de una parte integrante de un producto terminado no será responsable si prueba que el defecto es imputable a la concepción del producto al que ha sido incorporado o a las instrucciones dadas por el fabricante de ese producto". Esto afectará tanto al producto no vendido, como al no homologado por el fabricante o las Administraciones.
En resumen, cualquier empresario que intervenga en la puesta a disposición de bienes y servicios a los consumidores y usuarios estará obligado, dentro de los límites de su actividad respectiva, a respetar las exigencias de control de los productos manufacturados susceptibles de afectar a la seguridad física de las personas, prestando a este respecto la debida atención a los servicios de reparación y mantenimiento.
¿Qué es una importación paralela?
Todo aquel producto que entra a través de un canal no oficial en un mercado donde hay un Distribuidor Oficial de la marca, homologado por el productor, se considera importación paralela.
El canal no oficial se aprovecha indebidamente y en beneficio propio, de las ventajas de la reputación comercial, industrial o profesional, adquiridas por el Distribuidor Oficial a través de la inversión en el producto, la comercialización de la marca, la estructura de empresa para garantizar la venta y el servicio postventa, etc., circunstancias que suponen claros actos de competencia desleal.
El consumidor no sufre ningún tipo de discriminación al ser éste plenamente consciente que está adquiriendo un producto en un canal no oficial. Puede aprovecharse de un precio aparentemente más competitivo y ha de asumir, desgraciadamente, que en este supuesto “lo barato sale caro”. Por desgracia, esta práctica obvia a menudo la responsabilidad de la empresa que oferta el producto en cuestión y desprotege al consumidor frente a los problemas de postventa, servicio de garantías o de recambios de piezas, entre otros.
¿Qué es un producto OEM?
Honda suministra motores a fabricantes de primeros equipos (en adelante OEM) con la finalidad de que éstos los instalen en sus fabricados. No está autorizada la reventa a terceros de los motores suministrados a clientes OEM por razones de seguridad y como garantía de trazabilidad.
Para garantizar la correcta aplicación del motor, su correcto funcionamiento y una accesibilidad adecuada para su mantenimiento, todas las aplicaciones con motor Honda deberán homologarse mediante la realización de un matching test que certifique que la instalación del motor y su uso sean los adecuados para cada aplicación particular. Si no fuera así, podría dañar el motor y/o el bastidor, el rendimiento podría no ser el adecuado, la vida de servicio podría reducirse y en casos extremos, llegar a resultar herido el usuario. Esto implicaría quedar fuera del alcance de la garantía Honda y de la responsabilidad del producto, al tiempo que puede ser causa de insatisfacción para el fabricante OEM y para el consumidor.
Garantías
En este sentido, será requisito imprescindible para la concesión de garantía sobre cualquier pieza perteneciente a una máquina vendida por HondaEnCasa.com, que el registro de garantía se haya cumplimentado debidamente en el plazo máximo de 30 días desde su fecha de venta al consumidor o usuario, o bien presentando copia de la factura original de compra, cumplimentada de acuerdo a los requerimientos detallados para máquinas Honda en el apartado de distribución de este condicionado y dentro del plazo de validez establecido en el periodo de garantía.
Para garantizar un correcto servicio postventa, las reparaciones deben ser realizadas por un servicio técnico oficial de la marca. En el caso excepcional de que una máquina deba enviarse a nuestras instalaciones para su reparación en garantía, los portes serán siempre pagados por el cliente y por la agencia de transporte que éste determine para el envío o recogida. Será siempre necesaria la comunicación previa a HondaEnCasa.com, que se reserva el derecho de autorización.
HondaEnCasa.com se reserva el derecho a limitar las aplicaciones de garantía respecto de aquellos productos que no cumplan con los requisitos establecidos en estas condiciones.
¿QUÉ CUBRE LA GARANTÍA?
HondaEnCasa.com garantiza los productos que suministra ante cualquier defecto de material o fabricación y que cumplen con la calidad y prestaciones publicitadas. La garantía no afecta a los derechos que la normativa aplicable confiere a los consumidores.
La garantía dará derecho al cliente, en su caso, a la reparación gratuita de la máquina incluyendo las piezas y la mano de obra necesaria para su sustitución.
En el caso de que tenga algún problema con la máquina, el cliente deberá contactar con su distribuidor o agente autorizado Honda. Si necesita cualquier reparación en garantía, deberá llevarlo a su distribuidor o agente autorizado Honda, o a un ESH con su factura de compra.
LA GARANTÍA NO CUBRE:
- Cualquier producto que haya sido modificado o alterado por un tercero sin el consentimiento previo por escrito de Honda.
- Cualquier daño ocasionado por un manejo inadecuado y no especificado en el manual de usuario.
- Cualquier daño resultante del incumplimiento de los periodos de mantenimiento especificados en el manual de usuario o resultante de una reparación o mantenimiento inadecuado que no haya sido realizado por un distribuidor o agente autorizado Honda, ESH en su caso.
- Cualquier daño ocasionado por el uso de recambio no original, carburantes, aceites y accesorios distintos a los recomendados por Honda.
- Los daños producto de haber trabajado con combustible en mal estado o inadecuado.
- Cualquier daño producto del desgaste natural ya sea por tiempo o por horas de uso (desgastes, decoloración de la pintura, etc.).
- Consumibles: Honda no garantiza las piezas deterioradas por el uso, a menos que sean piezas necesarias como parte de una reparación en garantía. Piezas como: bujías, cables, filtros, correas, ánodos, ferodos, así como lubricantes (aceites y grasas).
- Limpieza, ajustes y otras tareas de mantenimiento periódico (cambio de aceite, ajuste de correas, cables, etc.).
- Cualquier daño resultante de la exposición del motor a humo, hollín o productos químicos, sal o cualquier fenómeno ambiental.
No todos los motores estacionarios Honda montados en productos OEM están cubiertos por la garantía de Honda. Por ejemplo, los motores Honda sin certificación CE o montados en conjuntos OEM no homologados o sin certificado de incorporación de acuerdo a las directivas europeas, no están cubiertos por la garantía de Honda.
Para la reclamación en garantía de motores Honda montados en productos OEM deberán contactar antes con HondaEnCasa.com para consultar las posibles excepciones.
Periodo de garantía
El periodo de garantía de las máquinas Honda es de 3 años para un uso particular y de 1 año para uso profesional, teniendo en cuenta las siguientes excepciones para el caso de motores estacionarios de uso general:
- Los cortacéspedes eléctricos Honda disfrutan de 3 años de garantía solo para uso particular.
- Los robots cortacéspedes Honda disfrutan de 3 años de garantía tanto para uso particular como para uso profesional, excepto los modelos de la gama HRM40/70 que disfrutan de garantía solo para uso particular.
Los motores fueraborda Honda disfrutan de 3 años de garantía para uso particular y un año para uso profesional.
La batería original equipada en los productos Honda disfruta de una garantía de 6 meses, con las siguientes excepciones:
- Las baterías de litio para robots cortacésped, excepto los modelos de la gama HRM40/70, disfrutan de una garantía de 2 años o 3.000 ciclos (lo que ocurra primero).
- Las baterías de litio para robots cortacésped de la gama HRM40/70 disfrutan de garantía de 2 años solo para uso particular.
- Las baterías de litio de propósito general tipo DP disfrutan de garantía de 2 años solo para uso particular.
- Las baterías de litio de propósito general tipo DPW disfrutan de garantía de 2 años para uso particular y de 1 año para uso profesional.
- Los cargadores de batería tipo CV disfrutan de garantía de 2 años para uso particular y de 1 año para uso profesional.
La garantía no cubre los daños de la batería por un mantenimiento incorrecto. Las baterías deben cargarse periódicamente (por lo menos cada 6 meses) incluso en las unidades en stock, exceptuando las baterías que se suministran sin ácido.
A partir del segundo año, Honda se reserva el derecho a solicitar a un servicio técnico oficial de la marca, una verificación del origen del problema.
Distribución
Todas las máquinas y motores Honda deben entregarse al cliente habiendo realizado el distribuidor o agente autorizado Honda en su establecimiento la revisión previa necesaria para asegurar que están en condiciones óptimas de marcha, es decir, montadas y con los niveles de aceite de motor y/o transmisión correctos, en su caso. En el momento de la entrega deben arrancarse para enseñarle al cliente su funcionamiento, con la ayuda del manual de usuario y prestando especial atención a las advertencias de seguridad incluidas en el mismo.
Todas las máquinas y motores Honda deben entregarse al cliente con su manual de usuario y declaración de conformidad o certificado de incorporación de acuerdo a las directivas europeas. Es necesario hacer constar en factura el modelo, tipo y número de serie de la máquina suministrada y recabar la firma del cliente en una copia de la misma donde se indique que se ha entregado en condiciones de uso, con la citada documentación y tras la explicación de su funcionamiento y de las advertencias de seguridad.
HONDA MIIMO
Solo los clientes calificados como distribuidores autorizados del robot cortacésped Honda Miimo que hayan realizado la formación obligatoria y las correspondientes actualizaciones, están homologados para su venta o instalación.
Además de lo indicado en este capítulo, el distribuidor autorizado Honda Miimo deberá realizar la instalación de cada unidad de robot cortacésped que venda al público. Esta instalación deberá ser realizada por personal que haya superado con éxito los correspondientes cursos de formación impartidos por HondaEnCasa.com.
El distribuidor autorizado Honda Miimo presentará al comprador, además del precio del producto, un presupuesto que incluirá las siguientes partidas:
- Estudio de la zona donde se realizará la instalación.
- Realización de la instalación del cableado (aéreo o enterrado, dependiendo de cada caso).
- Programación del robot cortacésped.
- Explicación del funcionamiento al cliente.
El distribuidor autorizado Honda Miimo ofrecerá al comprador la posibilidad de contratar un servicio de mantenimiento anual, por un importe que incluirá las siguientes partidas:
- Asesoramiento telefónico y/u on-line ante cualquier incidencia.
- Desplazamiento al domicilio en caso de no poder solventarlo por los medios anteriores.
- En caso de requerir reparación en el taller del distribuidor Honda Miimo, unidad de sustitución a partir del segundo día de trabajo.
Este contrato no incluirá la reposición de piezas en caso de ser necesaria una reparación, ni la correspondiente mano de obra.
El distribuidor autorizado Honda Miimo deberá utilizar el software recomendado por Honda para realizar el mantenimiento y la reparación de los robots cortacéspedes (Dr. H) o cualquier otro software que Honda, como fabricante, considere necesario.
Por razones de seguridad y con el único objetivo de garantizar la trazabilidad por modelo, todas las unidades vendidas del robot cortacésped Honda Miimo serán registradas en una base de datos propiedad de Honda con los datos necesarios para la identificación del propietario.